Un decreto con nombre y apellido: Farmashop y San Roque... “que lo miraron por TV”
El decreto que lleva la firma del presidente Mujica, sorprendió a las cadenas de farmacias que se enteraron por la prensa de la norma que limita su posibilidad de expansión. El nuevo decreto establece que “ninguna persona física o jurídica, conjunto económico o grupo de sociedades podrá ser titular de más de quince establecimientos de farmacia de primera categoría”. ¿El argumento? Que el fin último de la actividad farmacéutica “no es satisfacer meramente intereses individuales, sino necesidades colectivas, que por sus características ponen en juego el interés trascendente de la salud pública”. Pero según datos sobre el mercado, las farmacias de primera categoría (comunitarias o privadas) y las droguerías canalizan el 42% de la venta de medicamentos.
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El decreto que lleva la firma del presidente Mujica, sorprendió a las cadenas de farmacias que se enteraron por la prensa de la norma que limita su posibilidad de expansión. El nuevo decreto establece que “ninguna persona física o jurídica, conjunto económico o grupo de sociedades podrá ser titular de más de quince establecimientos de farmacia de primera categoría”. ¿El argumento? Que el fin último de la actividad farmacéutica “no es satisfacer meramente intereses individuales, sino necesidades colectivas, que por sus características ponen en juego el interés trascendente de la salud pública”. Pero según datos sobre el mercado, las farmacias de primera categoría (comunitarias o privadas) y las droguerías canalizan el 42% de la venta de medicamentos.
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