Empero, el atractivo que siempre ha tenido el teletrabajo se fue disipando a medida que las dudas fueron naciendo. Sin querer describir todos los escenarios que el teletrabajo puede proyectar, expresamos algunos de ellos.
En materia de seguridad laboral, al ser el patrón responsable de garantizarle al empleado su cuidado, ¿cómo puede asegurarlo si el mencionado teletrabaja? Creemos que una de las opciones que tendría el empleador, con la colaboración del empleado, es asistir a su domicilio de forma periódica con el facultativo que corresponda para relevar las condiciones habitacionales donde se cumple la labor.
Otra inquietud que se ha planteado atañe a los útiles de trabajo (como laptop, módem, etc.) que se le brindan al empleado: ¿podrían ser considerados partidas salariales?
También inquieta saber qué sucede con las personas que han sido víctimas de violencia doméstica y realizan teletrabajo, ¿cómo se las puede proteger?
En definitiva, es de gran auxilio para las empresas contar con reglamentos internos que regulen detalladamente los eventuales escenarios que se puedan presentar. Una actuación preventiva evita enfrentar los posibles efectos colaterales del teletrabajo.
Por: Martín Carrasco, gerente de Legal de PwC Uruguay.
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