Se reglamentan los cambios a la Ley de Zonas Francas

En diciembre de 2017 fue sancionada una ley que introduce modificaciones al régimen de zonas francas.

En setiembre de este año, el Poder Ejecutivo aprobó el decreto que reglamenta estos cambios con vigencia desde el 5 de octubre. Entre otros aspectos, el decreto establece:

  • Cambios en actividades permitidas. Se permite la prestación de todo tipo de servicios desde zona franca hacia territorio nacional no franco, si el destinatario es contribuyente gravado por IRAE.
  • Plazos máximos para contratos de usuario. Directos: 15 años para actividad industrial y 10 años para actividades comerciales y de servicios. Indirectos: 5 años. Pueden solicitarse plazos más extensos bajo condiciones especiales.
  • Flexibilidad en los porcentajes mínimos de personal uruguayo.
  • Ventas de bienes y servicios destinadas a consumo final del personal de las zonas durante su actividad laboral. Podrán ser realizadas por el desarrollador o terceros no usuarios y estarán gravadas por IVA e IMESI.
  • Mayores controles. Los usuarios deberán presentar un proyecto de inversión y plan de negocios para la autorización de sus contratos y cada dos años declaraciones juradas con información sobre personal empleado, actividades, entre otros.

Se aguardan resoluciones de la Dirección General Impositiva para regular condiciones y aspectos de control dispuestos por el decreto.

Por: Gabriela Cetrangolo, directora del área de Asesoramiento Tributario, Legal y Contable de PwC Uruguay. 

 

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