Lo que debes saber de la nueva ley de teletrabajo

Después de 16 meses de labor parlamentaria, Uruguay se suma al grupo de países que cuenta con nuevas reglas para desarrollar el teletrabajo. 
 

Se define al “teletrabajo” como la prestación de trabajo, total o parcial, fuera del ámbito físico del empleador, en que se utilizan mayoritariamente tecnologías de la información y comunicación, en forma interactiva o no, en el ámbito privado y paraestatal. 

Como novedad, la elección de teletrabajar debe estipularse por escrito en el contrato de trabajo y los eventuales cambios en ese sentido. Se elimina la limitación diaria de la jornada a los efectos del pago de horas extras, pudiendo éstas ser compensadas. En caso de excederse el límite semanal legal o convencional, el tiempo de trabajo adicional se abonará con un recargo del 100% del valor hora en días hábiles. 
 


Se prevé un descanso mínimo de 8 horas entre jornadas. Todo trabajador tendrá derecho a desconectarse de dispositivos digitales, así como a no ser contactado por su empleador, independientemente de la modalidad de trabajo por la que opte.

El teletrabajo no exime al empleador de sus obligaciones de seguridad ocupacional y salud. Aplican las disposiciones generales relacionadas a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
 


Las partes podrán acordar la forma en que se proporcionarán las herramientas de trabajo, y si no se llegara a un acuerdo, será obligación del empleador proveer las mismas. En todos los casos, deberá indicarse por escrito.  

El próximo hito en este camino que Uruguay ha empezado a recorrer es la reglamentación, que aportará claridad a muchas de las preguntas que la ley deja planteadas.

Por:
Macarena Rachetti, gerente de legal de PwC Uruguay

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Milagros Eiroa, senior de legal de PwC Uruguay

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