Adiós a las S.R.L, bienvenidas SAS

(Por Ernesto Andrade) La nueva ley que fomenta el emprendedurismo en Uruguay, crea un nuevo tipo social las SAS (Sociedades por acciones simplificadas), reconoce el crowfunding y fomenta la cultura emprendedora. “La idea es que se reconozca al emprendedor como un actor relevante en la transformación de una sociedad” según el contador Bruno Gili

La nueva ley aprobada el mes de septiembre, presenta tres pilares fundamentales, el desarrollo de la cultura emprendedora, la creación de un nuevo tipo social llamadas SAS (Sociedades por acciones simplificadas) y reconoce el sistema de financiamiento colectivo llamado Crowfunding (inversiones a cambio de acciones).

InfoNegocios asistió a un evento de análisis de la nueva ley, donde dialogó con Bruno Gili contador socio del Estudio Ferrere quien señaló que “las SAS son un vehículo interesante que nos ponen más en la modernidad de lo que es la canalización jurídica de los emprendimientos porque al final siempre tiene que haber un formato ágil, dinámico a los que participan a través de esos proyectos”. Por otra parte el experto hizo especial énfasis en que ahora se realiza una convocatoria a los organismos públicos y privados a trabajar en pro del emprendedurismo, incluso se le pide al sistema educativo que incluya la cultura emprendedora en el sistema.

Miembros del estudio Frommel señalaron al equipo periodístico que se generará un plan nacional de emprendimientos que incluirá un plan integral para el desarrollo y difusión de la cultura emprendedora, así como también la creación del consejo cultivo de emprendimientos y la creación del Día Nacional de la Cultura Emprendedora. Con respecto a las principales características de las SAS, indicaron que es un tipo de sociedad de una constitución sencilla que no requiere intervención de la AIN en los estatutos ni en su modificación. Puede verse implicada en ellas cualquier actividad comercial o civil (siempre que no les sea prohibida), con una integración del capital de: 10% en caso de Efectivo, 100% en caso de realizarse en especie.  Puede tener 1 solo Socio o Accionista, con acciones Nominativas o Escriturales, entre otras características.

Siendo algo fundamental en esto: “Cualquier sociedad comercial (excepto SA) podrá transformarse en SAS, incluso una empresa unipersonal sin ser aplicables las normas de enajenación de Establecimiento Comercial y con exoneraciones fiscales por el período de 12 meses (sin requerir certificados especiales)”.


En base a estas características Javier Metre, socio de Ferrere indicó que “esta nueva ley es muy loable, prevé mecanismos de financiamiento, que facilitan el emprendedurismo de la pequeña empresa sobretodo en las etapas iniciales.  Por lo cual creo que es un hito muy importante, como toda ley siempre hay ítems que pueden ser mejorables o pueden estar en el debe pero es una tarea de la reglamentación poder potenciar la ley”. 

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