La nueva ley otorga a los emprendedores uruguayos novedosas y útiles herramientas para llevar a cabo sus negocios, entre las que se encuentran las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) y el crowdfunding.
Las SAS, uno de los tipos sociales preferidos por emprendedores de otras partes del mundo, se rigen bajo el principio de la autonomía de las partes, lo que significa que poseen amplias potestades para diseñar su funcionamiento interno. A diferencia de lo que sucede con las sociedades anónimas tradicionales, no existen restricciones locativas para la reunión de sus órganos, por lo que incluso podrían sesionar por medios electrónicos o mediante resoluciones por consentimiento escrito. Se prevé, además, un régimen de exoneración tributario sobre el IRAE/IRPF, IVA e ITP para aquellas empresas unipersonales que decidan transformarse en SAS durante el primer año de vigencia de la ley.
Por su parte, la ley reconoce el crowdfunding como mecanismo de financiamiento de emprendimientos y delega al Banco Central del Uruguay (BCU) el establecimiento de ciertos límites y conceptos fundamentales para su puesta en marcha. Las administradoras de plataformas de financiamiento colectivo, los emisores y las emisiones negociadas deberán inscribirse en la Superintendencia de Servicios Financieros del BCU.
Por:
Juan Ignacio Seco, gerente de Servicios Legales de PwC Uruguay. LinkedIn
Federico Pereira, senior de Servicios Legales de PwC Uruguay. LinkedIn
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