La medida fue dispuesta por la Dirección General de Servicios Ganaderos (DGSG) y busca brindar una alternativa temporal a los productores afectados, ante el riesgo de pérdida de animales y las dificultades para disponer de recursos para su alimentación. La resolución también contempla los riesgos sanitarios asociados a esta situación.
Las autorizaciones serán gestionadas por la División Sanidad Animal, a través de sus Oficinas Zonales y Locales, y tendrán una vigencia de 60 días a partir del 21 de agosto de 2026.
La habilitación comprende zonas de Treinta y Tres, Rocha, Tacuarembó, Cerro Largo, Durazno, Rivera y Río Negro, con el siguiente alcance:
- Treinta y Tres: todas las seccionales policiales.
- Rocha: seccionales 2.ª, 3.ª, 4.ª, 5.ª, 6.ª y 9.ª.
- Tacuarembó: seccionales 7.ª, 8.ª, 12.ª, 14.ª y 15.ª.
- Cerro Largo: seccionales 3.ª, 5.ª, 12.ª, 13.ª y 16.ª.
- Durazno: seccionales 5.ª, 6.ª, 7.ª y 14.ª.
- Rivera: 8.ª seccional.
- Río Negro: 5.ª seccional.
Los productores cuyos establecimientos estén comprendidos en las zonas habilitadas deberán solicitar el permiso correspondiente ante las Oficinas Zonales o Locales de la División Sanidad Animal. Las autorizaciones se otorgarán bajo las condiciones previstas en el Decreto N.º 343/006.
La disposición procura ofrecer un alivio transitorio a los establecimientos afectados por el clima, permitiendo el acceso del ganado a zonas de pastoreo mientras se mantienen los controles previstos para reducir los riesgos sanitarios.
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