Cada vez más las noticias nos hablan sobre cambio climático, sequía, inundaciones, seguridad alimentaria, crisis energética, la descomposición de los sistemas de seguridad y, en especial, sobre la falta de capacidad colectiva para responder a todo ello. Está claro que estas urgencias necesitan respuesta y debemos dar respuesta a una tierra herida y a las desigualdades e inequidades existentes.
¿De dónde van a venir esas respuestas que con tanta urgencia necesitamos? ¿De la política? ¿De los ciudadanos? ¿De la religión? Posiblemente no. ¿Entonces? ¿Cuál es la institución humana más grande del mundo después de la familia? La respuesta es sencilla pero sorprendente: las empresas. Se dice que en el mundo hay 300 millones de empresas, entonces estamos hablando de 300 millones de oportunidades de dar respuesta. ¿Qué pasaría si cargamos a los negocios y al mercado de sentido?
Para conocer más este enfoque de ver a los mercados y las empresas como una fuerza para el bien, con experiencias concretas de cómo se viene trabajando el tema en nuestro país y en Colombia, hoy se hace ineludible participar de la conferencia Ley BIC: ImPacto en el sector empresarial. Experiencias y aprendizajes en Uruguay y Colombia, que tendrá lugar en el Campus Montevideo de la Universidad Católica del Uruguay.
El conversatorio estará a cargo de varias especialistas uruguayas en el tema: Natalia Hughes, Ivana Calcagno, Tamara Farré y Andrea Sanguinetti, más el colombiano Camilo Ramírez.
Cabe recordar que la Ley 19.969, conocida como Ley BIC (Beneficio e Interés Colectivo), fue sancionada el 14 de julio de 2021 y promulgada por el Poder Ejecutivo el 23 de julio del mismo año, con su Decreto Reglamentario de fecha 26 de abril de 2022.
La Ley BIC da identidad a las empresas de triple impacto, es decir, aquellas que integran la creación de valor económico, social y ambiental a su organización. No se crea un nuevo tipo societario sino que se ensambla la modalidad BIC a las estructuras societarias de la Ley de Sociedades Comerciales, a las Sociedades por Acciones Simplificadas y a los Fideicomisos.
Uruguay es el octavo país del mundo con Ley BIC, junto a 39 Estados de Estados Unidos, Italia y España. A nivel América Latina, países como Colombia, Ecuador, Perú y Panamá cuentan también con una ley aprobada que regula esta figura especial y nuestro país es el primero en considerar a los Fideicomisos como una estructura jurídica de triple impacto, medible y verificable.
La adopción del régimen BIC genera la obligatoriedad de medir el impacto en base a altos estándares reconocidos y reportar y publicar su cumplimiento ante la Auditoría Interna de la Nación, refuerza el compromiso y garantiza el interés colectivo. Esto lo dota de una transparencia sin igual.
Conozcamos algunas experiencias y aprendizajes en Uruguay y Colombia de la Ley BIC con esta conferencia de impacto en el sector empresarial.
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