Se propone gravar por IRAE ciertas rentas pasivas obtenidas por entidades de un grupo multinacional, aun cuando los activos que las generan estén localizados fuera de Uruguay. Si se cumplen determinados requisitos de sustancia, el contribuyente tendrá derecho a exonerarlas.
Es así que se gravarían rentas derivadas de la explotación en el exterior de patentes y software registrado que no cumplan ciertas condiciones. Cuando esos activos tengan un efectivo nexo con nuestro país, resultando de actividades de investigación y desarrollo llevadas a cabo en Uruguay, podrán continuar beneficiándose de las exoneraciones existentes.
Por otra parte, los rendimientos de capital inmobiliario, los dividendos, intereses, regalías no incluidas en la categoría anterior y los incrementos patrimoniales por transferir los activos que los generan, también se gravarán cuando los obtenga una entidad de un grupo multinacional sin sustancia.
El proceso se inició con la puesta a consideración pública del borrador (anteproyecto). Con las modificaciones que se evalúe pertinente incluir como resultado de la consulta pública (finalizada el pasado 15 de agosto), el proyecto será puesto a consideración de la UE y, en tanto se considere ajustado al estándar, se enviará al parlamento para su aprobación. Se espera que los cambios rijan a partir de enero de 2023.
Eliana Sartori, directora de Asesoramiento Tributario, Legal y Contable de PwC Uruguay
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