Se habilitan los libros de comercio electrónicos

Este cambio, que se vio postergado desde el 2019, está operativo desde el 6 de marzo y busca ahorrarle tiempo y dinero a las empresas.

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El 13 de diciembre de 2019 el Ministerio de Economía y Finanzas dictó el Decreto N° 384/019, autorizando el empleo de documentos electrónicos o digitales con firma electrónica avanzada como medio de reemplazo de los libros Diario e Inventario físicos previstos en la Ley de Sociedades Comerciales.

Desde ese entonces, el mecanismo no había quedado operativo, existiendo un gran interés de los operadores y empresas por comenzar a aplicar esta modalidad. Ante esto, el pasado 24 de febrero de 2023, el Ministerio de Educación y Cultura anunció que entraría en funcionamiento a partir del 6 de marzo de 2023.

De esta forma, se habilita a los comerciantes a inscribir sus libros Diarios y de Inventario en la Dirección General de Registro (DGR) mediante documentos electrónicos, con firma digital avanzada del representante de la organización, para lo cual se deberá contar con usuario de e-libros, disponible en la página web de la DGR.

Con esta implementación, se busca eliminar paulatinamente la utilización de los libros encuadernados o en microfichas, generando así un ahorro tanto en tiempo como a nivel económico para las empresas.

Juan Ignacio Seco, Gerente de Legal de PwC Uruguay

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