Con el comienzo de junio llegó la noticia de que Uruguay firmó un convenio para evitar la doble imposición (CDI) con Brasil. La suscripción de este convenio es una segunda etapa, luego de la firma en 2012 del Acuerdo para Intercambio de Información Tributaria. Este convenio bilateral supone un gran paso para nuestro país, por la importancia de las relaciones comerciales y de inversión que pautan el intercambio con el vecino norteño.
Otra medida para mejorar el entorno para los negocios transnacionales consistió en introducir ajustes al decreto que busca promover la instalación de centros de servicios compartidos (CSC) en Uruguay. Un CSC es una entidad que pertenece a un grupo de empresas (ya no requiere que sea un grupo multinacional), que tiene como actividad exclusiva la prestación de servicios (específicamente establecidos en la norma) a por lo menos 12 partes vinculadas que pertenecen al mismo grupo de empresas. Este último aspecto también representa un cambio respecto al texto anterior, que disponía que la prestación de servicios debía realizarse con partes vinculadas que fueran residentes en al menos 12 países. El incentivo tributario consiste en exoneración del IRAE por 5 años, sobre el 90% o el 70% de las rentas (si se cumplen determinados mínimos de empleo e inversión en capacitación). Además, se exonera de IP a los activos afectados a la actividad promovida.
Eliana Sartori, directora de Asesoramiento Tributario, Legal y Contable de PwC Uruguay.
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