Los contribuyentes podrán convenir las obligaciones corrientes por aportes personales y patronales generadas desde el mes de cargo febrero 2020 (se pueden incluir los aportes financiados – financiación Coronavirus -) y hasta tanto se mantenga vigente la emergencia sanitaria.
Aspectos a tener en cuenta:
- Podrán financiarse únicamente las obligaciones por los meses en que la empresa no haya tenido trabajadores dependientes en actividad ni amparados a subsidios.
- La financiación podrá realizarse hasta en 36 cuotas mensuales en moneda nacional, cuyo importe no podrá ser inferior al 20 % de las obligaciones corrientes patronales a la fecha de la suscripción del convenio.
Por más información contacte en nuestro Dpto. de RRHH y Relaciones Laborales: Lic. Dayhanna Sena
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