Cruzar el charco: Residencia fiscal en Uruguay

Siguiendo la política de promoción de inversiones, el Poder Ejecutivo flexibilizó la obtención de la residencia fiscal en Uruguay. Estas nuevas condiciones, al igual que las anteriores aplican para todas las personas interesadas en la obtención de la residencia fiscal de cualquier país.

Sin embargo, desde Argentina luego de celebradas las elecciones PASO en agosto, y los cambios tributarios incorporados recientemente, Uruguay es visto como una alternativa fiscal. 

Las nuevas causales se configuran en el concepto de intereses económicos y aplicarán a partir del 1 de julio 2020.

¿Cuáles son?

  • Inversiones realizadas en inmuebles con un valor superior a U$S 376.000 aprox. y permanencia física efectiva en el país de al menos 60 días en el año civil. 
  • Participación directa o indirecta en una empresa, por un valor superior USD 1.605.000 aprox., y la creación de 15 nuevos puestos de trabajo.

Aspectos a tener en cuenta en la planificación patrimonial desde la Argentina:

  • La pérdida de la residencia fiscal se considera por dos causales; adquiriendo la condición de residente permanente en un Estado extranjero o, si se verifica la permanencia en el exterior durante un período de 12 meses. 
  • Doble residencia fiscal, ambos países en su normativa como en el CDI suscripto, establecen un orden cuando se configura esta situación; considerando que las personas serán consideradas como residentes en la Argentina: 

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Cra. Andrea Cartelle y Cra. Florencia Gomez

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