Los incoterms son revisados cada 10 años, de modo de alinearlos a la práctica comercial desarrollada por los operadores. En consecuencia, a partir del 1° de enero del 2020, entraron en vigencia los incoterms 2020, publicados por la Cámara de Comercio Internacional.
En virtud de los cambios propuestos en la nueva edición, se destaca que, contrariamente a lo esperado, los incoterms EXW (Ex Works) y DDP (Delivered Duty Paid) continuarán vigentes (inicialmente se creía que ambos términos serían eliminados, por entenderse que solo deberían cubrir transacciones nacionales).
Por su parte, el incoterm DAT (Delivered at Terminal) será sustituido por el nuevo DPU (Delivered at Place Unloaded). Este cambio apunta a considerar la posibilidad de que los bienes se puedan entregar en cualquier lugar que se acuerde mediante contrato (no solo en la terminal).
A su vez, la nueva edición menciona la posibilidad de organizar el transporte de mercancías con el propio medio de transporte del vendedor o del comprador en el uso de los incoterms: FCA, DAP, DPU y DDP.
Por:
Patricia Marques, socia de Asesoramiento Tributario, Legal y Contable y de Capital Humano.
Elena Rodríguez, senior de Comercio Exterior y Aduana de PwC Uruguay.
Gastón Retta, senior de Comercio Exterior y Aduana de PwC Uruguay.