Sin embargo, desde Argentina luego de celebradas las elecciones PASO en agosto, y los cambios tributarios incorporados recientemente, Uruguay es visto como una alternativa fiscal.
Las nuevas causales se configuran en el concepto de intereses económicos y aplicarán a partir del 1 de julio 2020.
¿Cuáles son?
- Inversiones realizadas en inmuebles con un valor superior a U$S 376.000 aprox. y permanencia física efectiva en el país de al menos 60 días en el año civil.
- Participación directa o indirecta en una empresa, por un valor superior USD 1.605.000 aprox., y la creación de 15 nuevos puestos de trabajo.
Aspectos a tener en cuenta en la planificación patrimonial desde la Argentina:
- La pérdida de la residencia fiscal se considera por dos causales; adquiriendo la condición de residente permanente en un Estado extranjero o, si se verifica la permanencia en el exterior durante un período de 12 meses.
- Doble residencia fiscal, ambos países en su normativa como en el CDI suscripto, establecen un orden cuando se configura esta situación; considerando que las personas serán consideradas como residentes en la Argentina:
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Cra. Andrea Cartelle y Cra. Florencia Gomez