Protección de Datos Personales: Decreto 64/020

El 17 de febrero, el Poder Ejecutivo promulgó el Decreto 64/020, que reglamenta los artículos 37 a 40 de la Ley 19670 del 15 de octubre de 2018. 

Algunos de los aspectos básicos que las organizaciones deben considerar son:

  • Determinación del ámbito territorial de aplicación de la Ley 18331, modificativas y complementarias, y los supuestos bajo los que la normativa operará.
  • Fortalecimiento del principio de responsabilidad de las entidades que tratan datos personales, que evoluciona a “responsabilidad demostrada”.
  • Adopción de medidas para la protección de los datos personales documentadas, que se revisen de manera periódica y cuya efectividad se evalúe.
  • Evaluación de impacto de la protección de datos, antes de que se inicie el tratamiento de estos o en el plazo de un año desde la publicación del Decreto.
  • Adopción de medidas técnicas y organizativas para conservar la integridad, confidencialidad y disponibilidad de la información, de acuerdo con estándares nacionales e internacionales en seguridad de la información.
  • Incorporación de la privacidad por diseño como requisito para cumplir con la normativa.
  • Incorporación de la privacidad por defecto como límite al tratamiento de los datos.
  • Obligación de designar, en el plazo de 90 días, a un delegado de protección de datos personales que tendrá funciones determinadas y que deberá tener conocimientos en derecho y especialización acreditada en protección de datos personales. 

Por:

Mario Ferrari Rey, socio de Servicios Legales de PwC Uruguay. LinkedIn

Andrea Chanquet, senior de Servicios Legales de PwC Uruguay. LinkedIn | Twitter

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